EnEspaña el reconocimiento de sentencias extranjeras que provengan de los países extracomunitarios a falta de los convenios que establezcan un procedimiento específico, se rige por la Ley de Cooperación Jurídica Internacional en materia civil en vigor desde 2015, evitando la necesidad de adopción de convenios bilaterales oSino es aplicable ni el Reglamento 2201/2003 ni ningún Convenio Bilateral o Tratado Internacional , el reconocimiento o Exequátur se debe solicitar ante el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o lugar de residencia de la parte contra la que se solicita el reconocimiento o ejecución, o del domicilio o lugar de residencia de la persona a quien 2 En la República de Chile, los títulos, diplomas y grados académicos oficiales de educación superior universitaria, otorgados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España o por las Universidades españolas autorizadas oficialmente por el Reino de España, conforme a su normativa vigente. Artículo II.
Sidesea solicitar una pensión al amparo de un Convenio Bilateral de Seguridad Social (CB) o del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), puede
Destinadoa personas extranjeras que se hallen en España en los supuestos de arraigo, protección internacional, razones humanitarias, colaboración con autoridades públicas o razones de seguridad nacional o interés público. Relación de
situaciónresumida de la relación bilateral México- España, desde la óptica de los convenios ratificados y vigentes entre ambos países. La tercera se ocupa del análisis del convenio de seguridad social en materia de seguridad social entre México y el reino de España, así como de su convenio complementario.
ElAuto de la Audiencia Provincial de Madrid, Sección Decimocuarta, de 7 de noviembre de 2019 desestima un recurso de apelación contra el auto dictado el día 17 de octubre de 2018 por el Juzgado de Primera Instancia nº 33 de Madrid en el procedimiento de execuátur, que otorgó la ejecución en España de un sentencia dictada por el
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CONVENIOBILATERAL DE SEGURIDAD SOCIAL ENTRE ESPAÑA Y REPÚBLICA DOMINICANA. 24-02-2014. El 1 de julio de 2006 entró en vigor el Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Dominicana. ¿Quién puede beneficiarse?, ¿cómo se aplica?, éstas son algunas de las cuestiones que intentaremos